martes, 29 de diciembre de 2009

ideas ajenas que hago propias


Uno: Internet debe ser declarado patrimonio común de la humanidad, noción aplicada a los fondos marinos de la Zona y que no se identifica con el dominio público.
Dos: Hay que revisar la duración de los derechos de explotación exclusiva. Toda la vida más 70 años después de la muerte del autor; 50 años para los artistas intérpretes, productores de fonogramas, grabaciones audiovisuales y radiodifusión, y 25 años para las fotografías, son cifras cabalísticas que no responden a razones infalibles y tampoco justifican la discriminación.
¿Por qué al fotógrafo se le protege menos tiempo que al escritor? ¿O por qué se limita a 20 años el derecho de exclusiva del inventor de una patente? Ya sé que autores reputados critican incluso esa limitación temporal, reivindicando la perpetuidad, alegando que el derecho de propiedad no se extingue con el paso del tiempo.
Pero es que el uso de una joya o de un inmueble, a diferencia de una creación intelectual, no puede ser compartido por millones de seres a la vez. En todo caso, el tiempo de paso de la propiedad privada al dominio público debe reducirse drásticamente pues hablamos de contenidos intelectuales, que dan acceso a la cultura, al conocimiento y a la información. Tres: A los creadores hay que protegerlos, pero no prohibiendo absolutamente las reproducciones (sic. descargas) para uso privado y sin ánimo de lucro.
Además, sostengo que no son ilegales las descargadas una vez que el producto se ha difundido en un medio público de comunicación (tesis del agotamiento).
Y cuatro: el punto de equilibrio entre retribución razonable y libertad de acceso puede venir, por un lado, fijando un canon mínimo incluido en la cuota de acceso a internet.
(Ignacio Arroyo en El País)
¿pero por cierto que se hace con el canon que grava la compra de Cd's?
Si las compañías fueran de fiar, incluso podrían cobrar dos o tres euros al mes para los creadores, y repartirlos bien pero eso ya es harina de otro costalero.
Se paga para por si acaso....
(Fotografía de Román Signier)

3 comentarios:

Blue dijo...

Siempre pensé que la duración de los derechos de propiedad intelectual era igual para todos. Curioso.
Existo, luego aprendo.

Besos, Marcela.

Pilar Mandl dijo...

Interesante artículo, por una vez me ha quedado claro el tiempo de derecho de autor en cada caso :-)
La fotografía de Signier es buenísima.

¿No se llevan parte del canon los creadores? creo que ahora cuando compras música si enseñas algún CD o DVD virgen te descuentan el canon :-)

marcela dijo...

Chicas, lo de la propidad intelectual es como la herencia, lo mejor que podía pasar es que una vez muerto pase a todos. ¿Cobran los arquitectos por sus obras a cada uno de los que vamos a admirarlas? no, cobran por hacerlas. No hay nada peor que los derechos y los herederos de los artistas, son imposibles. No hicieron nada y quieren cobrar por todo.
Pilar, ¿cuanto devuelven...?
Tengo para escribir sobre los derechos de autor más de mil blogs, y para contar....